Artículo 127.- Para asumir el cargo de contralor municipal, se deben reunir los siguientes requisitos:
I.- Ser ciudadano mexicano, en ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y no haber sido condenado ejecutoriadamente por delito grave del orden común o federal; 35
II.- Contar preferentemente con un grado académico de licenciatura en área económica, contable, jurídica o administrativa y tener cuando menos una experiencia de tres años en cualquiera de dichas áreas;
III.- Ser de reconocida honradez;
IV.- No haber sido dirigente de partido político ni candidato durante la elección del Ayuntamiento en funciones.