Artículo 30.- El documento a que se refiere el artículo anterior, deberá contener, por lo menos:
I.- Los libros de actas de las reuniones del Ayuntamiento saliente y la información sobre el lugar donde se encuentran los libros de las administraciones municipales anteriores;
II.- La documentación relativa a la situación financiera y estados contables, que deberán contener los libros de contabilidad y registros auxiliares, correspondientes al Ayuntamiento saliente;
III.- La documentación relativa al estado que guarda la cuenta pública del Municipio; la que incluirá las observaciones pendientes de atender, requerimientos e informes que se hayan generado con motivo del ejercicio de las facultades de fiscalización a cargo de la Auditoría Superior del Estado de Baja California Sur; 7
IV.- La situación de la deuda pública municipal, la documentación relativa a la misma y su registro, así como la relación y registro de los pasivos a cargo del Municipio, que no constituyan deuda pública;
V.- El estado de la obra pública ejecutada y en proceso en el Municipio y la documentación relativa a la misma;
VI.- La situación que guarda la aplicación del gasto público de los recursos federales y estatales, así como los informes y comprobantes de los mismos, ante la Contraloría General del Estado;
VII.- La plantilla y los expedientes del personal al servicio del Municipio, antigüedad, prestaciones, catálogo de puestos y demás información conducente;
VIII.- La documentación relativa a convenios o contratos que el Municipio tenga con otros municipios, con el Estado, con el Gobierno Federal o con particulares, vigentes y anteriores;
IX.- La documentación relativa a los programas municipales y proyectos aprobados y ejecutados, así como el estado que guardan los mismos en proceso de ejecución;
X.- El registro, inventario, catálogo y resguardo de bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal;
XI.- La documentación relativa al estado que guardan los asuntos tratados por las comisiones del Ayuntamiento; y
XII.- Los expedientes formados con motivo de juicios de cualquier naturaleza en los que el Municipio sea parte; y
XIII.- La demás información que se estime relevante para garantizar la continuidad de la Administración Pública Municipal.