Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 113

TÍTULO SEXTO RÉGIMEN ADMINISTRATIVO MUNICIPAL · CAPÍTULO PRIMERO DE LA PLANEACIÓN MUNICIPAL

ARTÍCULO 113.- Los planes y programas deberán como mínimo contemplar:

I. Objetivos generales y particulares a corto, mediano y largo plazo; metas; y unidades responsables para su ejecución;

II. Procedimientos para el logro de los objetivos;

III. Alineación con los objetivos de la planeación municipal y, en su caso, con la estatal y federal;

IV. Recursos requeridos para su cumplimiento y su forma de financiamiento;

V. Los estudios, elementos técnicos y consideraciones en que se sustenten, en especial los relativos al aprovechamiento de los recursos humanos y naturales;

VI. Órganos municipales responsables del seguimiento de su ejecución y evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas;

VII. Vigencia.

VIII. Indicadores de gestión y medición del desempeño, relativos a: eficiencia, eficacia, economía, transparencia, honradez; los programas sociales además deberán incluir indicadores de cobertura e impacto.

Nota: Se reformaron las fracciones I, III, IV y VI y se adicionó la fracción VIII mediante decreto 169 publicado en el P.O. No. 4867 de fecha 27 de octubre de 2011. 29

ARTÍCULO 113; LAS FRACCIONES I Y VII DEL

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: ieec.org.mx.

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