Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 12

TÍTULO I DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES · CAPÍTULO II DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

Artículo 12. La población de las demarcaciones territoriales se compone por las personas habitantes o vecinas dentro de su territorio.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de marzo de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: paot.org.mx.

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