Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 6

TÍTULO I DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES · CAPÍTULO II DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

Artículo 6. La Ciudad tiene 16 demarcaciones territoriales, con la siguiente denominación: Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza y Xochimilco.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de marzo de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: paot.org.mx.

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