Artículo 79. La designación de la persona titular de cada coordinación territorial corresponde a la persona titular de la alcaldía.
En cualquier caso, las personas titulares de las coordinaciones territoriales se entenderán como subordinadas a la persona titular de la alcaldía.
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de marzo de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: paot.org.mx.
Pregúntale a RíoLex¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.