ARTÍCULO 148.- La base del impuesto es el valor catastral del inmueble, determinado por lo dispuesto en la Ley de Catastro del Estado.
Artículo 148
CAPÍTULO IV
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.
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