Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 267

TÍTULO OCTAVO DE LAS RELACIONES JURÍDICAS LABORALES ENTRE LAS ENTIDADES PÚBLICAS · CAPÍTULO II DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES

ARTÍCULO 267. El nombramiento aceptado, obliga al cumplimiento de las condiciones fijadas en él y a las consecuencias que se den conforme a la ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de febrero de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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