ARTICULO 17.- Los vecinos tienen los siguientes derechos y obligaciones:
I. Votar y ser votado para los cargos públicos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley;
II. Ser preferidos en igualdad de circunstancias para el desempeño de empleos, cargos y comisiones y para el otorgamiento de contratos y concesiones municipales;
III. Presentar iniciativas populares sobre reglamentos municipales;
IV. Ejercer interlocución con las autoridades municipales y ser atendidos por las mismas, en todo asunto relacionado con su calidad de vecino;
V. Proponer a las autoridades municipales las medidas y acciones que juzgue de utilidad pública;
VI. Respetar a las autoridades legalmente constituidas y cumplir las leyes, reglamentos y disposiciones dictadas por las mismas;
VII. Contribuir para los gastos públicos municipales, conforme a las leyes respectivas;
VIII. Prestar auxilio a las autoridades municipales, cuando sean legalmente requeridos para ello;
IX. Enviar a sus hijos o pupilos a las escuelas públicas o privadas a obtener la educación primaria y secundaria obligatorias; 6
X. Inscribirse en los padrones que determinen las leyes federales, estatales y municipales;
XI. Formar parte de los organismos de participación ciudadana y vecinal;
XII. Aceptar los cargos para formar parte de los concejos municipales;
XIII. Participar en los asuntos que así le competan en torno a las acciones emprendidas por el ayuntamiento;
(REFORMADA, P.O. 16 DE MAYO DE 2015)
XIV. Salvaguardar y enriquecer el equilibrio del medio ambiente, evitando su contaminación, deterioro y destrucción;
(REFORMADA, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2015)
XV. Conservar limpios de residuos de construcción, maleza y residuos sólidos, las construcciones deshabitadas y los predios baldíos de su propiedad;
(ADICIONADA, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2015)
XVI. Participar en los procesos de elección de obras prioritarias a través del presupuesto participativo, conforme lo dispuesto en la Ley de Participación Ciudadana; y
(REFORMADA, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2015)
XVII. Las demás que determinen esta Ley, los reglamentos, bandos municipales y otras disposiciones legales aplicables.