ARTICULO 83.- La tesorería municipal formará y llevará un expediente para cada empresa en la que participe el ayuntamiento.
(REFORMADO DECRETO 212, P.O. 01 FEBRERO 2020)
TÍTULO TERCERO DEL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO · CAPÍTULO VII DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARAMUNICIPAL
ARTICULO 83.- La tesorería municipal formará y llevará un expediente para cada empresa en la que participe el ayuntamiento.
(REFORMADO DECRETO 212, P.O. 01 FEBRERO 2020)
Última reforma de esta ley incorporada: 24 de agosto de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente: ieecolima.org.mx.
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