Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango · Durango

Artículo 222

TÍTULO NOVENO PLANEACIÓN MUNICIPAL DEL DESARROLLO · CAPÍTULO III DE LOS PROGRAMAS Y SU COORDINACIÓN

ARTÍCULO 222. Un Ayuntamiento podrá celebrar convenios de coordinación administrativa con otro o varios ayuntamientos para los siguientes fines:

I. La elaboración conjunta de los planes municipales y regionales de desarrollo y sus programas, pudiendo incluir, en su caso, la consulta de presupuesto participativo. Esta coordinación puede realizarse entre ayuntamientos de municipios afines por su tipología o entre ayuntamientos que por razones de igual importancia consideren conveniente la coordinación.

II. Cuando sea en conjunto con el Ejecutivo del Estado o con el Ejecutivo Federal.

III. La concertación con los sectores de la sociedad.

IV. La constitución y el funcionamiento de consejos intermunicipales de colaboración para la planeación y ejecución de programas y acciones de desarrollo urbano, vivienda, seguridad pública, ecología y preservación del medio ambiente, salud pública, tránsito y vialidad, nomenclatura, servicios públicos, cultura, deporte, integración familiar, comunicación social, protección civil y demás aspectos que consideren de interés mutuo.

V. La reglamentación municipal.

VI. La adquisición en común de materiales, equipo e instalaciones para el servicio municipal.

VII. La contratación en común de servicios de información, de mantenimiento y de asesoría técnica especializada. 69

VIII. La ejecución y el mantenimiento de obra pública, lo que en su caso podrá ser susceptible de consulta de presupuesto participativo.

IX. La promoción de las actividades económicas.

X. Los demás que consideren convenientes, en cumplimiento de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango y la presente Ley.

ARTÍCULO REFORMADO POR DEC. 572 P.O. 48 DEL 16 DE JUNIO DE 2024.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.

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