Artículo 164.- Los ayuntamientos podrán expedir los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas que regulen el régimen de las diversas esferas de competencia municipal.
Artículo 164
TITULO VI De la Reglamentación Municipal · CAPITULO PRIMERO Del Bando y los Reglamentos
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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