ARTICULO 242.- La aplicación y el manejo indebidos de recursos federales, estatales, o provenientes de aportaciones de particulares que se transfieran a la Administración Pública Municipal, a través de convenios de coordinación o de otras formas legales, será sancionada en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
(REFORMADO, P.O. EDICIÓN No. 33 ALCANCE II, MARTES 23 DE ABRIL DE 2024) D-675