ARTICULO 247.- Corresponde al Ejecutivo del Estado la representación jurídica y administrativa del Municipio en todos los asuntos que deban resolverse fuera de la Entidad.
Artículo 247
TITULO OCTAVO DEL REGIMEN DE RESPONSABILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLlCOS · CAPITULO UNICO
Última reforma de esta ley incorporada: 17 de septiembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: acapulco.gob.mx.
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