Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero · Guerrero
Artículo 253
TITULO NOVENO DE LA COORDINACION ENTRE LOS PODERES DEL ESTADO Y LOS AYUNTAMIENTOS · CAPITULO UNICO
ARTICULO 253.- Las controversias que se susciten entre los Ayuntamientos y los ciudadanos por actos de autoridad serán conocidas por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
(TITULO DÉCIMO ADICIONADO CON LOS CAPITULOS Y ARTICULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 13 DE SEPTIEMBRE DE 1991)
Última reforma de esta ley incorporada: 17 de septiembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: acapulco.gob.mx.
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