Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero · Guerrero

Artículo 252

TITULO NOVENO DE LA COORDINACION ENTRE LOS PODERES DEL ESTADO Y LOS AYUNTAMIENTOS · CAPITULO UNICO

ARTICULO 252.- En las controversias de carácter contencioso sobre cuestiones de límites entre Municipios resolverá el pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado, conforme a lo dispuesto por el artículo 11 de la presente Ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de septiembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: acapulco.gob.mx.

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