Artículo 151. Las paramunicipales deberán sujetarse al Programa de Gobierno Municipal y a los programas que deriven del mismo.
Coordinación y supervisión
TÍTULO OCTAVO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA · CAPÍTULO III ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARAMUNICIPAL
Artículo 151. Las paramunicipales deberán sujetarse al Programa de Gobierno Municipal y a los programas que deriven del mismo.
Coordinación y supervisión
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: guanajuatocapital.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.