Artículo 272. El Sistema Municipal de Planeación Democrática es el conjunto de procedimientos y actividades mediante los cuales las dependencias y paramunicipales de la Administración Pública Municipal, entre sí, y en colaboración con los sectores de la sociedad, toman decisiones para llevar a cabo en forma coordinada y concertada el proceso de planeación, a fin de garantizar el desarrollo integral y sostenible del Municipio. El Sistema Municipal de Planeación Democrática se vinculará con el Sistema Estatal de Planeación, a fin de contribuir al logro de los objetivos estatales y nacionales.
Congruencia del Sistema Municipal de Planeación con el Sistema Estatal de Planeación