Artículo 286. El organismo municipal de planeación coordinará el Sistema Municipal de Planeación.
Atribuciones del organismo municipal de planeación
TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO III ORGANISMO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN
Artículo 286. El organismo municipal de planeación coordinará el Sistema Municipal de Planeación.
Atribuciones del organismo municipal de planeación
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: guanajuatocapital.gob.mx.
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