Artículo 366. La Justicia Administrativa en los municipios del Estado de Guanajuato se imparte a través de los Juzgados Administrativos Municipales, conforme a las disposiciones del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.
En cada Municipio deberá contar con al menos un Juzgado Administrativo Municipal con el personal y los recursos materiales y presupuestales adecuados y necesarios para el ejercicio de su función, en los términos del presente Título.
Asociación y coordinación en materia de justicia administrativa