Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato · Guanajuato
Artículo 76
TÍTULO CUARTO GACETA MUNICIPAL · CAPÍTULO ÚNICO DE LA GACETA MUNICIPAL
Artículo 76. Las comisiones se integrarán tomando en cuenta el número de personas integrantes del Ayuntamiento y la importancia de los ramos encomendados a las mismas; además, se deberá tomar en consideración el conocimiento, profesión, vocación y experiencia de las personas integrantes del Ayuntamiento.
Objeto
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: guanajuatocapital.gob.mx.
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