Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 105 BIS

TÍTULO SEXTO RÉGIMEN ADMINISTRATIVO · CAPÍTULO TERCERO DE LA CONTRALORÍA

ARTÍCULO 105 Bis. La Contraloría estará a cargo de una persona titular cuyo nombramiento deberá realizarse en los términos de esta ley; asimismo, contará con Unidades de Investigación, Substanciación y Resolución, cuyos titulares recaerán en personas distintas. 61

La Contraloría contará con los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el cumplimiento de su objetivo.

Artículo adicionado, P.O. Alcance cinco del 15 de diciembre de 2022.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de agosto de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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