ARTÍCULO 113.- Las dependencias u organismos descentralizados encargados de los servicios públicos contarán con el personal suficiente para el desempeño de sus funciones.
Artículo 113
TÍTULO SEXTO RÉGIMEN ADMINISTRATIVO · CAPÍTULO QUINTO DE LAS DEPENDENCIAS ENCARGADAS DE
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de agosto de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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