Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 139

TÍTULO SEXTO RÉGIMEN ADMINISTRATIVO · CAPÍTULO NOVENO DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS MUNICIPALES 76

ARTÍCULO 139.- En los Municipios que conforman al Estado, funcionará un Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEM) que estará sujeto a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, la Ley Estatal de Planeación y la normatividad municipal respectiva.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de agosto de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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