Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo · Hidalgo
Artículo 172
TÍTULO OCTAVO DE LA JUSTICIA COTIDIANA · CAPÍTULO TERCERO DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS
ARTÍCULO 172.- El superior jerárquico al recibir el expediente, lo radicará y resolverá si lo admite o lo desecha por no satisfacer los siguientes requisitos:
I.- La expresión de agravios; y
II.- La interposición del recurso dentro del término de Ley.
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de agosto de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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