Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 183

TÍTULO OCTAVO DE LA JUSTICIA COTIDIANA · CAPÍTULO TERCERO DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS

ARTÍCULO 183.- Con relación a los recursos administrativos, tanto la autoridad municipal como el Ayuntamiento comunicarán en tiempo y forma su resolución al promovente.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de agosto de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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