Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 54 BIS

TÍTULO SEGUNDO DEL GOBIERNO MUNICIPAL · CAPÍTULO TERCERO

Artículo 54 BIS. - La Gaceta Municipal será publicada en la página de internet oficial del Ayuntamiento y promovida por todos los medios digitales y convencionales disponibles y pertenecientes a la administración pública, con la periodicidad que determine el reglamento que la regule.

Artículo adicionado, P.O. Alcance tres del 19 de enero de 2024.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de agosto de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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