Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo · Hidalgo
Artículo 54 BIS
TÍTULO SEGUNDO DEL GOBIERNO MUNICIPAL · CAPÍTULO TERCERO
Artículo 54 BIS. - La Gaceta Municipal será publicada en la página de internet oficial del Ayuntamiento y promovida por todos los medios digitales y convencionales disponibles y pertenecientes a la administración pública, con la periodicidad que determine el reglamento que la regule.
Artículo adicionado, P.O. Alcance tres del 19 de enero de 2024.
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de agosto de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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