Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 75 TER

TÍTULO SEGUNDO DEL GOBIERNO MUNICIPAL · CAPÍTULO DÉCIMO SUPLENCIA DE LOS INTEGRANTES

Artículo 75 Ter. La reincorporación al cargo de las personas integrantes del Ayuntamiento que hayan solicitado licencia indefinida se dará una vez que se comunique por escrito a la Secretaría del Ayuntamiento para informar a sus integrantes. Dicha reincorporación surtirá efectos al momento de su presentación.

Artículo adicionado, P.O. Alcance tres del 27 de agosto de 2026.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de agosto de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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