Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 71

TÍTULO CUARTO PREVENCIONES PARA LOS CASOS DE AUSENCIA · CAPÍTULO ÚNICO Del Modo de Suplir las Faltas

Artículo 71. Para efectuar la designación de la o el Presidente Municipal substituto o interino, se deberá observar lo siguiente: I. El Secretario General del Ayuntamiento deberá llamar al regidor o regidora suplente de la planilla registrada. Una vez completo el Ayuntamiento se debe efectuar la elección, por mayoría absoluta de votos.

En todos los casos de substitución o interinato la elección de la o el Presidente Municipal, deberá hacerse de entre los miembros en funciones que sean del mismo género que la o el Presidente ausente;

II. En caso de ausencia de la o el Presidente Municipal designado de conformidad a la fracción anterior, el Ayuntamiento debe proceder a nombrar a quien lo sustituirá, de conformidad a lo siguiente: a) Antes de efectuar la elección de la o el Presidente Municipal, el Secretario General del Ayuntamiento deberá llamar al siguiente suplente de la planilla registrada, de conformidad al orden de prelación establecido; b) Una vez completo el Ayuntamiento se debe efectuar la elección, por mayoría absoluta de votos; c) La elección de la o el Presidente, deberá hacerse de entre los miembros en funciones; d) En los casos en que el Presidente Municipal a sustituir sea mujer, deberá elegirse otra mujer para continuar en el cargo y en los casos en que se trate de un hombre, el ayuntamiento podrá elegir a un hombre o a una mujer; y

III. En caso de ausencia del suplente de la o el Presidente independientemente de que ejerza el cargo designado de conformidad a las fracciones anteriores, el Ayuntamiento a través del Secretario General deberá llamar al siguiente suplente de la planilla registrada, de conformidad al orden de prelación establecido que sea del mismo género del suplente ausente.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresoweb.congresojal.gob.mx.

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