Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 115

TÍTULO QUINTO DEL DESARROLLO MUNICIPAL Capítulo I

Artículo 115. Un Ayuntamiento podrá celebrar convenios de coordinación administrativa con otro o varios Ayuntamientos para los siguientes fines: I. La elaboración conjunta de los planes Municipales y regionales de desarrollo y sus programas. Esta Coordinación podrá realizarse entre Ayuntamientos afines por su tipología o entre Ayuntamientos que por razones de igual importancia consideren conveniente la coordinación;

II. La prestación de servicios públicos;

III. La coordinación en conjunto con el Ejecutivo del Estado o con el Ejecutivo Federal;

IV. La atracción de inversiones detonantes del desarrollo regional;

V. La planeación, programación y ejecución de obras de interés regional;

VI. La planeación, programación y ejecución de proyectos productivos regionales;

VII. La concertación con los sectores de la sociedad;

VIII. La constitución y el funcionamiento de Concejos intermunicipales de colaboración para la planeación y ejecución de programas y acciones de desarrollo urbano; vivienda, seguridad pública, ecología y preservación del medio ambiente, salud pública, seguridad pública, tránsito y vialidad, nomenclatura, servicios públicos, cultura, deportes, integración familiar, comunicación social y demás materias que consideren de interés mutuo;

IX. La reglamentación municipal;

X. La adquisición en común de materiales, equipo e instalaciones para la prestación de servicios públicos;

XI. La contratación en común, de servicios de información;

XII. La contratación en común, de servicios de mantenimiento;

XIII. La contratación en común, de asesoría técnica especializada;

XIV. La ejecución y el mantenimiento de obra pública;

XV. La promoción de las actividades económicas; y,

XVI. Los demás procedentes de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado, las leyes que de éstas emanen, esta Ley y las demás disposiciones aplicables.

Última reforma de esta ley incorporada: 25 de junio de 2014. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: secoem.michoacan.gob.mx.

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