Artículo 24. Una vez concluida la entrega-recepción, el Ayuntamiento entrante designará una comisión especial, que se encargará de analizar el expediente integrado con la documentación conducente, para formular en un plazo de veinticinco días naturales un dictamen que señale si la entrega-recepción fue completa o no.
El dictamen se someterá dentro de los diez días naturales siguientes, al conocimiento y consideración del Ayuntamiento, el cual deberá de aprobarlo dentro de los cinco días naturales siguientes al en que sea sometido el mismo.