Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos · Morelos

Artículo 121

TITULO TERCERO · CAPÍTULO VI

ARTÍCULO 121 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. POEM No. 5012 de fecha 2012/08/15 TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor el 01 de enero del 2013. SEGUNDO.- Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, Órgano de Difusión del Gobierno del Estado de Morelos. DECRETO NÚMERO CIENTO CINCUENTA Y NUEVE POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. POEM No. 5050 de fecha 2012/12/14 ARTÍCULOS TRANSITORIOS Última Reforma: 01-07-2026 ARTÍCULO PRIMERO.- Expídase el decreto respectivo y remítase al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para su Publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, órgano de difusión del Gobierno del Estado de Morelos. ARTÍCULO SEGUNDO.- El decreto que al efecto se expida, entrará en vigor al día siguiente de su publicación. ARTÍCULO TERCERO.- A partir de la entrada en vigor del presente, se derogan todas y cada una de las disposiciones que contravengan el presente decreto. DECRETO NÚMERO DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 21 Y 24 FRACCIÓN II DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS POEM No. 5053 de fecha 2012/12/26 TRANSITORIOS PRIMERO.- Remítase al Poder Ejecutivo para los efectos conducentes. SEGUNDO.- La presente reforma entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”. DECRETO NÚMERO DOSCIENTOS DIECINUEVE POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN LXIV, RECORRIÉNDOSE LA ÚLTIMA FRACCIÓN PARA QUEDAR COMO FRACCIÓN LXV DEL

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de julio de 2026. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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