Ley Municipal para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 196

TÍTULO DÉCIMO Capítulo I · CAPÍTULO IX Del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y

ARTICULO 196.- Para lo no previsto en esta ley, se aplicará supletoriamente la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Enajenaciones; Servicios y Almacenes de la Administración Pública Estatal.

TÍTULO DECIMOSEGUNDO

(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 21 DE OCTUBRE DE 2016)

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de diciembre de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.nayarit.gob.mx.

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