Ley Municipal para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 27

TÍTULO TERCERO Capítulo I

ARTICULO 27.- Los convenios aprobados por el Congreso del Estado, en los que se fijen los límites de los municipios y las resoluciones dictadas en los casos de diferencia, serán publicados en el Periódico Oficial, Organo del Gobierno del Estado.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de diciembre de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.nayarit.gob.mx.

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