Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León · Nuevo León

Artículo 225

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO I DE LOS REGLAMENTOS, DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Y CIRCULARES MUNICIPALES

ARTÍCULO 225.- A través de sistemas de información y orientación idóneos, el Ayuntamiento deberá difundir constantemente los reglamentos municipales, para asegurar el mayor cumplimiento de los mismos.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: hcnl.gob.mx.

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