ARTÍCULO 6.- El Municipio libre es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado de Nuevo León. La Constitución Política del Estado establece el número y denominación de los Municipios, así como las bases para erigir nuevos o modificar los existentes.
Artículo 6
TÍTULO PRIMERO DEL MUNICIPIO · CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: hcnl.gob.mx.
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