Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 139

CAPÍTULO VIII De los encargados de la Administración

ARTÍCULO 139.- Los Bandos de Policía y Gobierno y Reglamentos Municipales surtirán efecto al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o Gaceta Municipal en los municipios que cuenten con ella.

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.