Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 34

ARTÍCULO 34.- Los cargos de Presidente Municipal, Síndicos y Regidores del Ayuntamiento serán obligatorios y sólo podrá renunciarse a ellos por causa justificada que calificará el propio Ayuntamiento.

En todos los actos de integración e instalación del Ayuntamiento, se deberá aplicar sin excepción, el principio de paridad de género; en caso de renuncia, el Ayuntamiento garantizará que la sustitución al cargo sea por una persona del mismo género.

De todos los casos conocerá el Congreso del Estado, hará la declaratoria que corresponda y proveerá lo necesario para cubrir la vacante si después de llamado el suplente, éste no acudiere. Las renuncias, deberán ratificarse personalmente por el o los miembros del Ayuntamiento ante la Comisión Permanente de Gobierno y Asuntos Agrarios del Congreso del Estado, en un máximo de 30 días naturales después que la autoridad haya hecho del conocimiento de este y deberá ser previo a la emisión del Decreto correspondiente; si ello no sucede quedará sin efecto la solicitud y se comunicará al Ayuntamiento.

(Artículo reformado mediante decreto número 583, aprobado por la LXIV Legislatura el 27 de febrero del 2019 y publicado en el Periódico Oficial número 14 décima cuarta sección del 6 de abril del 2019)

(Artículo reformado mediante decreto número 604, aprobado por la LXIV Legislatura el 20 de marzo del 2019 y publicado en el Periódico Oficial número 16 quinta sección del 20 de abril del 2019)

(Artículo reformado mediante decreto número 1547, aprobado por la LXIV Legislatura el 15 de julio del 2020 y publicado en el Periódico Oficial número 37 Sexta sección del 12 de septiembre del 2020)

(Artículo reformado mediante decreto número 961, aprobado por la LXV Legislatura del Estado el 8 de marzo del 2023 y publicado en el Periódico Oficial número 11 Vigésima Sección de fecha 18 de marzo del 2023)

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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