Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 33 BIS

ARTÍCULO 33 Bis.- Las autoridades municipales electas para integrar el Ayuntamiento, previo a la toma de protesta de ley a sus respectivos cargos, deberán solicitar a las instancias públicas, privadas y académicas, la asesoría, y curso de capacitación necesarias para la formación y buen desempeño de sus funciones.

(Artículo adicionado mediante decreto número 1623, aprobado por la LXIV Legislatura del Estado el 19 de agosto del 2020 y publicado en el Periódico Oficial número 40 sexta sección del 3 de octubre del 2020)

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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