Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 67 BIS

ARTÍCULO 67 Bis.- Los encargados de la Administración Municipal serán nombrados por el Gobernador del Estado en los casos previstos por la Constitución Local y esta Ley.

(Artículo 67 Bis reformado mediante decreto número 2093, aprobado el 11 de noviembre del 2016 y publicado en el Periódico Oficial número 46 Séptima Sección del 12 de noviembre del 2016)

Titulo Cuarto

De las Autoridades del Ayuntamiento.

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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