ARTÍCULO 134 ................................................................................................................ 91
ARTÍCULO 134
El Ayuntamiento podrá crear fideicomisos públicos que promuevan e impulsen el desarrollo del Municipio.
CAPÍTULO XII
ARTÍCULO 134 ................................................................................................................ 91
ARTÍCULO 134
El Ayuntamiento podrá crear fideicomisos públicos que promuevan e impulsen el desarrollo del Municipio.
Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.
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