Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 210

CAPÍTULO XXII

ARTÍCULO 210 ............................................................................................................... 121

ARTÍCULO 210

Para una efectiva seguridad pública municipal, el Ayuntamiento promoverá la coordinación con los cuerpos de seguridad pública de los diferentes niveles de gobierno.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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