Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 213

CAPÍTULO XXIII

ARTÍCULO 213 ............................................................................................................... 122

ARTÍCULO 213

Los Presidentes Municipales, en la materia objeto del presente Capítulo, tienen las siguientes atribuciones:

I. Ejercer el mando inmediato del cuerpo de seguridad pública municipal de la demarcación territorial respectiva, y podrá ejercerlo a través de la persona titular de la dependencia, unidad u órgano legalmente establecido, quien deberá estar coordinado con la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, conforme a los convenios celebrados en términos de la Ley de Seguridad Pública del Estado; 180

II. Establecer programas de prevención del delito, y asegurar el disfrute de los bienes, posesiones y derechos de las personas; 181

III. Dictar medidas para la observancia y cumplimiento de las disposiciones legales sobre seguridad pública;

IV. Dar seguimiento y vigilar el cumplimiento de los acuerdos tomados en el seno del Consejo Nacional de Seguridad Pública y del Consejo Estatal, relacionados con el mejoramiento del cuerpo de seguridad pública municipal; concretar los acuerdos emanados en la Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal; así como ejecutar las directrices señaladas por las autoridades federales y estatales en esta materia; 182

V. Cuidar que la organización y desempeño de los cuerpos de seguridad pública municipales sea eficiente y eficaz; y 183

VI. Ejecutar los acuerdos del Ayuntamiento relacionados con la seguridad pública.

177 Fracción reformada el 15/jul/2009 y el 5/ago/2024.

178 Fracción reformada el 5/ago/2024.

179 Fracción adicionada el 5/ago/2024.

180 Fracción reformada el 15/jul/2009.

181 Fracción reformada el 15/jul/2009. Ley Orgánica Municipal

126

182 Fracción reformada el 15/jul/2009.

183 Fracción reformada el 15/jul/2009. Ley Orgánica Municipal

127

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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