Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 216

CAPÍTULO XXIII

ARTÍCULO 216 .............................................................................................................. 123

ARTÍCULO 216 186

La organización, funcionamiento y atribuciones de los Juzgados Municipales se sujetará a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla, al igual que el nombramiento de su titular y demás servidores públicos adscritos a ellos, y lo relativo a sus suplencias, permisos, licencias, suspensión, renuncia y remoción..

184

Artículo adicionado el 31/dic/2010.

185

Artículo reformado el 8/ago/2022.

186

Artículo reformado el 8/ago/2022. Ley Orgánica Municipal

128

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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