Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 221

CAPÍTULO XXIV

ARTÍCULO 221 .............................................................................................................. 125

ARTÍCULO 221

El Ayuntamiento procurará crear la Comisión del Servicio Civil de Carrera, como organismo auxiliar de éste, cuya integración, funcionamiento, organización y demás atribuciones serán contemplados en el Acuerdo que lo creé.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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