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ARTÍCULO 229 223
Los miembros de la Junta Auxiliar saliente harán entrega formal a los miembros de la Junta Auxiliar entrante, de los expedientes, los bienes muebles e inmuebles, utensilios y materiales que hayan estado a su cargo, en un plazo no mayor a cinco días contados a partir de la fecha de toma de posesión. Si los miembros salientes no comparecieren, la actuación se llevará a cabo con intervención del representante que para el efecto designe el Presidente Municipal, y en su caso, serán
219 Inciso adicionado el 02/oct/2020.
220
Articulo reformado el 30/dic/2013.
221
Articulo reformado el 30/dic/2013.
222
Articulo reformado el 30/dic/2013.
223
Articulo reformado el 8/feb/2019. Ley Orgánica Municipal
139 sujetos a lo que establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla.