Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 232

CAPÍTULO XXVII

ARTÍCULO 232 .............................................................................................................. 137

ARTÍCULO 232 233

Los acuerdos de las Juntas Auxiliares serán enviados para ser revisados y aprobados por el Ayuntamiento respectivo.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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