Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla · PueblaArtículo 232
CAPÍTULO XXVII
ARTÍCULO 232 .............................................................................................................. 137
ARTÍCULO 232 233
Los acuerdos de las Juntas Auxiliares serán enviados para ser revisados y aprobados por el Ayuntamiento respectivo.
Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.
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