Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 273

CAPÍTULO XXXI

ARTÍCULO 273 ............................................................................................................... 147

ARTÍCULO 273

Si la resolución definitiva ordena la realización de un determinado acto o la reposición del procedimiento, deberá cumplirse en un plazo no mayor de quince días hábiles contados a partir del día en que se haya notificado dicha resolución.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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