Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 36

CAPÍTULO II

ARTÍCULO 36................................................................................................................... 33

ARTÍCULO 36

Son habitantes del Municipio, las personas físicas que residan o estén domiciliadas en su territorio.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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