Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 111

TÍTULO OCTAVO DE LA SUSPENSIÓN Y DESAPARICIÓN DE LOS AYUNTAMIENTOS Y DE LA · CAPÍTULO V DEL PROCEDIMIENTO PARA LA SUSPENSIÓN Y DESAPARICIÓN DE LOS

ARTÍCULO 111. Hecha la solicitud respectiva, el promovente deberá ratificarla dentro de los tres días hábiles siguientes a su presentación; una vez ratificada será turnada junto con la documentación que la acompañe, a la Comisión de Justicia de la Legislatura del Estado para que esta califique los requisitos de procedencia. a) Constituyen requisitos básicos de procedencia: b) Que contenga el nombre, identificación y la firma autógrafa del solicitante. c) Que la solicitud sea ratificada en tiempo y forma. d) Que se funde en alguna de las causas previstas en este Título; y

Que se acompañe o se señalen en su caso, según la naturaleza del asunto, los elementos mínimos que hagan probable la causa invocada.

Si a juicio de la Comisión de Justicia la solicitud no reúne los requisitos de procedencia para que se abra un procedimiento, lo desechará de plano, sin que proceda recurso alguno contra dicha resolución.

En ningún caso se dará curso a denuncias anónimas.

Si a juicio de la Comisión de Justicia estos elementos se cumplen, lo notificará al miembro del Ayuntamiento de que se trate, o al Síndico del mismo si se dirige en contra del Ayuntamiento en sí, acompañando copia de la solicitud formulada y de los anexos.

Notificados y enterados del contenido de la solicitud, los miembros de los Ayuntamientos y, en su caso, el Síndico, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para responder en esta etapa del procedimiento lo que a su derecho convenga.

En los procedimientos previstos en este Título, podrán ser oídos por la Legislatura los miembros del Ayuntamiento contra los que no se hayan instaurado tales procedimientos.

Última reforma de esta ley incorporada: 12 de mayo de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.